El pleno de la Corporación Municipal de Puertollano debatirá el jueves 24 de septiembre la aprobación inicial de la ordenanza que regulará los locales destinados a eventos privados, así como los eventos privados que organicen establecimientos públicos. La sesión, convocada a las 10 horas, es el primer paso administrativo de una norma que el Ayuntamiento había anunciado hace un mes sin calendario ni contenido concreto.

Las claves de la ordenanza de locales para fiestas privadas en 20 segundos

  • El pleno del jueves 24 de septiembre, a las 10 horas, someterá a aprobación inicial la ordenanza reguladora de los locales para eventos privados.
  • La norma nace porque la Ley de Espectáculos Públicos no contempla los locales que se alquilan por horas para fiestas y reuniones privadas.
  • El Ayuntamiento anunció esta ordenanza el pasado 21 de agosto sin fecha de entrada en vigor ni borrador publicado.
  • Tras esta aprobación inicial, la norma todavía necesita un periodo de exposición pública y una aprobación definitiva antes de aplicarse.

La propuesta llega al orden del día dictaminada, es decir, ya ha pasado por la comisión informativa correspondiente antes de someterse al pleno. Es el punto octavo del área de Urbanismo, dentro de una sesión que reúne otros asuntos de calado: la conformidad municipal a los proyectos de Hydnum Steel y del centro de datos de Solaria, una modificación de créditos, la actualización de la ordenanza del IBI y el nuevo reglamento de parcelas industriales, todos ellos ya adelantados por este medio en artículos propios. También se debatirán dos mociones, una del grupo Vox sobre las relaciones con Marruecos y otra del grupo Popular de apoyo a familias con hijos con cáncer u otra enfermedad grave.

La ordenanza en sí no es nueva como idea: el Ayuntamiento ya había anunciado su intención de redactarla el pasado 21 de agosto, aunque entonces sin plazos ni contenido concreto. Un mes después, el trámite avanza con esta aprobación inicial, aunque el orden del día del pleno no detalla el contenido definitivo del texto que se somete a votación.

Un hueco que la Ley de Espectáculos Públicos no cubre

El motivo que dio el Ayuntamiento en agosto para justificar la ordenanza es que la Ley de Espectáculos Públicos no recoge esta actividad. Esa norma regula bares, discotecas, salas de conciertos y locales de ocio abiertos al público, pero el local que se alquila por horas para una fiesta de cumpleaños o una despedida de soltero no encaja en ninguna de sus categorías.

El resultado, según el diagnóstico municipal, es una actividad que hasta ahora ha funcionado sin marco propio: sin licencia específica, sin condiciones definidas de aforo, insonorización u horarios, y sin un responsable claramente identificado cuando surge un problema. La ordenanza que ahora llega al pleno apunta a cerrar ese hueco, aunque el texto que se debatirá el jueves no se ha hecho público antes de la sesión.

Lo que la nota municipal no aclara

El anuncio de agosto dejaba varias preguntas abiertas: qué requisitos concretos tendrán que cumplir los locales para obtener la autorización expresa que se les exigirá, qué ocurrirá con los negocios que ya vienen funcionando, si tendrán un periodo de adaptación o deberán detener la actividad hasta regularizarse, y si la ordenanza llevará asociado un régimen de sanciones para quien incumpla. El orden del día de este pleno tampoco lo despeja: se limita a anunciar la aprobación inicial del expediente, sin resumen del articulado.

Una ordenanza municipal, además, no entra en vigor con esta aprobación inicial. Necesita después un periodo de exposición pública en el que cualquier vecino o entidad puede presentar alegaciones, y solo si no las hay, o una vez resueltas, llega la aprobación definitiva y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Es un trámite que, en Ayuntamientos de un tamaño similar, suele prolongarse varios meses, así que el efecto práctico sobre los locales que ya alquilan espacio para fiestas tardará en notarse.

La Ley de Bases del Régimen Local fija en treinta días hábiles el plazo mínimo de exposición pública para este tipo de ordenanzas municipales, contados desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Si nadie presenta alegaciones en ese plazo, el acuerdo inicial queda elevado a definitivo sin necesidad de volver a pasar por el pleno; si las hay, es la Corporación quien debe resolverlas antes de dar el visto bueno final. Solo entonces se publica el texto íntegro de la ordenanza y entra en vigor, normalmente a los quince días de esa segunda publicación.

Preguntas frecuentes

¿Qué debate exactamente el pleno del 24 de septiembre sobre esta ordenanza?

La aprobación inicial del expediente de la ordenanza reguladora de los locales destinados a eventos privados y de los eventos privados organizados por establecimientos públicos. No es la aprobación definitiva.

¿Por qué el Ayuntamiento considera necesaria esta ordenanza?

Porque la Ley de Espectáculos Públicos no contempla los locales que se alquilan por horas para fiestas y reuniones privadas, que hasta ahora funcionan sin licencia específica ni condiciones definidas de aforo, insonorización u horarios.

¿Cuándo entrará en vigor la ordenanza?

Todavía no hay fecha. Tras la aprobación inicial del jueves debe seguir un periodo de exposición pública y una aprobación definitiva antes de que la norma sea aplicable.

¿Qué otros asuntos importantes lleva el pleno de septiembre?

La misma sesión debatirá la conformidad municipal a los proyectos de Hydnum Steel y del centro de datos de Solaria, una modificación de créditos, la actualización de la ordenanza del IBI y el nuevo reglamento de parcelas industriales, además de dos mociones de los grupos Vox y Popular.

Fuente: Ayuntamiento de Puertollano.